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Áreas obligatorias
Para la determinación de las áreas fundamentales y obligatorias en la educación básica se toma como base el artículo 23 de la ley 115:
“Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrá que ofrecer de acuerdo con el currículo y el proyecto educativo institucional.
Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son las siguientes:
- Ciencias naturales y educación ambiental
- Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia
- Educación artística
- Educación ética y en valores humanos.
- Educación física recreación y deportes.
- Educación religiosa
- Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.
- Matemáticas
- Tecnología e informática.
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